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¿Cualquier persona puede hacerse cargo de la representación de las sociedades mercantiles?


En sentido estricto, tratándose de sociedades mercantiles, la representación de la sociedad la tienen sus órganos de administración y en virtud de estas facultades, estos órganos podrán a su vez otorgar poderes a otras personas con capacidad legal para que lleven a cabo actos jurídicos o procesales en nombre y por cuenta de la sociedad.


¿Qué son las personas morales?


Las personas morales son entes jurídicos integrados por personas físicas o por otras morales (a su vez integradas por personas físicas).


Las personas morales poseen nacionalidad, denominación o razón social, domicilio y patrimonio propios e independiente al de las personas que las integran.


“Las personas morales como sujetos de derecho poseen derechos y obligaciones.”


¿Cuáles son las personas morales?


Las personas morales reconocidas por la ley mexicana son:


  • La Nación, los estados, municipios y corporaciones de carácter público
  • Asociaciones Civiles
  • Sociedades Civiles
  • Sociedades Mercantiles
  • Sindicatos
  • Sociedades Cooperativas
  • Sociedades Mutualistas
  • Personas morales extranjeras

¿Cuántos tipos de sociedades mercantiles contempla la legislación mexicana?


La Ley General de Sociedades Mercantiles, dispone que las sociedades mercantiles son:

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada
  • Sociedad Anónima
  • Sociedad en Nombre Colectivo
  • Sociedad en Comandita Simple
  • Sociedad en Comandita por Acciones
  • Sociedad Cooperativa
  • Sociedad por Acciones Simplificada

La sociedad cooperativa se rige por su legislación especial. Las sociedades reconocidas por la legislación mercantil podrán constituirse como sociedad de capital variable excepto la sociedad cooperativa.


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¿Qué es la representación?


La representación consiste en actuar a nombre de otro. El representante actúa a nombre de del representado.


Por la representación, el representante puede actuar a nombre del representado en actos, negocios jurídicos como contratos, convenios, actos procesales, administrativos, siempre y cuando no sean estrictamente personales.


Además los efectos jurídicos de los actos en los que intervenga el representante se producirán sobre la persona y patrimonio del representado. La representación puede ser voluntaria, cuando existe acuerdo de las partes como en el caso del contrato de mandato o del otorgamiento de poderes o bien, puede ser legal, cuando la propia ley lo establece.


¿Quién representa a las personas morales?


Las personas morales por ser un ente jurídico, una ficción jurídica y no contar con medios materiales propios para actuar, actúan por conducto de las personas designadas para representarlas que pueden ser socios o no.


En principio la Ley General de Sociedades Mercantiles establece quiénes serán los representantes en los distintos tipos de sociedades reconocidas por la ley, como los administradores o gerentes que según sea el tipo de sociedad de que se trate pueden ser socios o terceros ajenos a la sociedad.


Además de lo anterior, los órganos de representación de las sociedades cuentan con facultades para celebrar contratos de mandato u otorgar poderes para que otros actúen a cuenta o nombre de la sociedad.


¿A quién corresponde la representación de las sociedades mercantiles?


La representación de las sociedades mercantiles corresponde a su respectivo órgano de administración que estará facultado para llevar a cabo todos los actos que se requieran para la realización del objeto social, salvo lo expresamente establecido por la ley y el contrato social o acta constitutiva.


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¿Quiénes son los representantes legales de las sociedades mercantiles?


Los representantes legales de las sociedades mercantiles son los integrantes del órgano de administración de la sociedad, que en principio están facultados y pueden llevar a cabo todos los actos que se requieran para la consecución del objeto social, salvo las limitaciones establecidas en la ley y en el contrato social o acta constitutiva.


¿Cómo se otorga la representación de las sociedades mercantiles?


La representación de las sociedades se otorga a través del contrato social o acta constitutiva, que a su vez deberá celebrarse ante notario público e inscribirse en el Registro Público de Comercio..


También se podrá otorgar la representación a través de poderes o del contrato de mandato, según sea el caso de que se trate


¿Quiénes pueden ser representantes en la sociedad anónima?


En la sociedad anónima pueden ser representantes el consejo de administración o el administrador único.


¿Quiénes pueden ser representantes en la sociedad de responsabilidad limitada?


En la sociedad de responsabilidad limitada pueden ser representantes de la sociedad uno o varios gerentes que a su vez pueden ser socios o personas extrañas a la sociedad.


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¿Quiénes pueden ser representantes en la sociedad en nombre colectivo?


En la sociedad en nombre colectivo pueden ser representantes los socios o personas extrañas a la sociedad.


¿Quiénes pueden ser representantes en la sociedad en comandita simple?


En la sociedad en comandita simple pueden ser representantes los socios o personas extrañas a la sociedad.


¿Los administradores de la sociedad son responsables de los actos de la sociedad a la que representan?


Los actos que realicen los órganos de representación de la sociedad se imputan a la sociedad. Los órganos de administración de la sociedad (representantes) incurren en responsabilidad frente a los socios por incumplimiento a su encargo y deberes.


Además habrá casos en los cuales por el incumplimiento de dicho encargo y deberes los socios hagan incurrir en responsabilidad a la sociedad respecto a terceros.


Los administradores tendrán responsabilidad inherente a su mandato y la derivada de las obligaciones que la ley y los estatutos les imponen.


¿Serán responsables los administradores que no tuvieron conocimiento de un acto o votaron en contra?


Los administradores que no hayan tenido conocimiento de un acto o que hayan votado en contra de ese acto quedarán libres de responsabilidad.


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¿Qué pasa si los representantes legales de una empresa causan daños y perjuicios durante el ejercicio de su encargo?


El Código Civil Federal dispone que las personas morales serán responsables de los daños y perjuicios que causen sus representantes legales en ejercicio de sus funciones.


¿Qué pasa si los administradores anteriores a los actuales incurrieron en responsabilidad?


Si los administradores anteriores de una sociedad incurrieron en responsabilidad por irregularidades, los actuales administradores serán responsables solidariamente si hubieren conocido de las irregularidades y no las denunciaron por escrito a los comisarios u órgano de vigilancia de la sociedad.


¿Qué pasa si los administradores de una sociedad incurren en responsabilidad?


Si los administradores de una sociedad incurren en responsabilidad responderán de los daños y perjuicios que causen, además podrán ser cesados y removidos en el desempeño de su encargo.


¿Quiénes pueden ejercer las acciones de responsabilidad civil contra los administradores?


Tratándose de las sociedades de responsabilidad limitada y de la sociedad anónima, la acción corresponde a la asamblea general de socios o asamblea general de accionistas que designará a una persona para que ejercite la acción correspondiente.


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¿Qué es un poder?


El poder es un acto jurídico por medio del cual una persona (poderdante) faculta a otra persona (apoderado) para realizar determinados actos actuando en su nombre.


¿Qué es un poder general?


Un poder general es aquel que otorga una persona (poderdante) a otra persona (apoderado) a efecto de que realice varios actos jurídicos o procesales a su nombre. Por ejemplo, puede otorgarse un poder general para que el apoderado realice actos de administración y dominio como la compraventa de inmuebles.


¿Qué es un poder especial?


Un poder especial es aquel que otorga una persona (poderdante) a otra (apoderado) para que realice en su representación determinados actos en específico. Por ejemplo, cuando una empresa otorga un poder a una persona para que suscriba un contrato en específico a nombre de la empresa.


¿Cuáles son las formalidades para otorgar un poder?


De acuerdo con el Código Civil Federal, los poderes serán otorgados por escrito, en escritura pública ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y de los testigos ante notario, ante los jueces o autoridades administrativas correspondientes, según sea el caso de que se trate.


Cuando se trate de poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga que se otorga con todas las facultades generales y especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, para que se entiendan sin limitación alguna.


Cuando se trate de poderes generales para administrar bienes, para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas bastará que se diga que se otorga con tal carácter.


En los poderes generales para ejercer actos de dominio, bastará que se diga que se otorga con tal carácter para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño. Si esos poderes se quisieran limitar, se consignarán las limitaciones o bien se otorgarán poderes especiales.


Otra de las formalidades que establece el Código Civil Federal es que los notarios públicos en el testimonio que contenga el poder, deberán insertar el artículo del Código que se refiere al otorgamiento de poderes.


Es común en la práctica también que en el acta constitutiva de una sociedad mercantil se otorguen poderes generales o especiales a socios o personas extrañas a la sociedad.


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¿Los poderes deben inscribirse en el Registro Público de Comercio?


Los poderes podrán ser inscritos en el Registro Público de Comercio.


¿Los representantes de las sociedades mercantiles pueden otorgar poderes a terceros?


Sí, los representantes de las sociedades mercantiles pueden otorgar poderes a terceros, los cuales podrán ser poderes especiales o generales.


¿Qué es un mandato?


De acuerdo con el Código Civil Federal el mandato es el contrato que puede ser verbal o escrito y por el cual una persona (el mandatario) se obliga a ejecutar por cuenta de otra persona física o moral (el mandante) los actos jurídicos que éste le encarga.


El mandato se perfecciona por la aceptación del mandato que puede ser de forma expresa o tácita. La aceptación tácita se refiere a ejecutar los actos jurídicos a que se refiere el mandato.


¿Puede revocarse la representación, el poder o el mandato?


Sí, es posible la revocación de la representación de la sociedad, de poderes y del mandato, siguiendo las formalidades señaladas por la ley.


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