Para tramitar la residencia en México por solvencia económica hoy tienes que acreditar cifras concretas, y desde 2025 se calculan en días de UMA, no en salarios mínimos. Para la residencia temporal se pide, a elegir, un saldo promedio mensual de 11,460 días de UMA durante los últimos 12 meses (aprox. $1,344,373 MXN con la UMA 2026) o ingresos mensuales libres de gravámenes de 680 días de UMA durante los últimos 6 meses (aprox. $79,771 MXN). Para la residencia permanente por jubilación o pensión se exige un saldo de 45,850 días de UMA (aprox. $5,378,664 MXN) o una pensión de 1,140 días de UMA al mes (aprox. $133,733 MXN).
Es de las preguntas que más recibimos en City Laws: “¿cuánto dinero tengo que demostrar para vivir legalmente en México?”. La respuesta cambió hace poco, y por eso circula tanta información desactualizada. En julio de 2025 se publicaron unos Lineamientos nuevos que reemplazaron a los de 2014 y homologaron todos los montos a la UMA. A continuación te explicamos qué se pide exactamente, cómo se documenta y por qué las cifras en pesos que ves en internet muchas veces no coinciden.
Qué cambió en 2025 (y por qué importa)
Los montos de solvencia económica para obtener una visa de residencia se rigen por los Lineamientos Generales para la expedición de visas que emiten la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 2025. Esta fue la primera reforma integral de la materia en más de diez años: abrogó los Lineamientos de 2014 y entró en vigor a los 15 días naturales de su publicación, alrededor del 9 de agosto de 2025.
El cambio de fondo no es solo de cifras, sino de unidad de medida. Antes los umbrales se expresaban en “salarios mínimos”; ahora se expresan en días de UMA (Unidad de Medida y Actualización), definida expresamente en las disposiciones generales de los propios Lineamientos. Esto es clave porque la ley fija un número de días de UMA que no cambia, pero su equivalente en pesos se actualiza cada año. Por eso conviene siempre razonar primero en días de UMA y solo al final convertir a pesos.
El monto legal es el número de días de UMA. La cifra en pesos es solo su traducción del año en curso, y puede variar según el valor de la UMA vigente e incluso según el tipo de cambio que use cada consulado.
Cuánto vale la UMA hoy
Para convertir esos días a pesos necesitas el valor diario de la UMA. El valor vigente lo publica el INEGI y aparece en el DOF: la UMA 2026 es de $117.31 diarios (mensual $3,566.22; anual $42,794.64), con vigencia del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027, un aumento de 3.69% respecto a la UMA 2025, que era de $113.14 diarios.
Un detalle que causa confusión: muchas fichas de consulados siguen mostrando los montos con la UMA 2025 o con equivalentes en dólares y euros. El valor jurídico es el expresado en días de UMA, y cada oficina lo traduce con el valor que tiene a la mano. Con la UMA 2025, por ejemplo, el saldo de la residencia temporal equivalía a unos $1,296,584 MXN; con la UMA 2026 sube a cerca de $1,344,373 MXN.
Residencia temporal por solvencia: las dos vías
La visa de residencia temporal por solvencia económica corresponde al Trámite 5 de los Lineamientos, con fundamento en los artículos 52 fracción VII, 55 y 56 de la Ley de Migración y 102, 107 y 111 a 113 de su Reglamento. Debes acreditar una de estas dos opciones, no ambas:
- Por saldo (ahorro o inversión): un saldo promedio mensual en inversiones o cuentas bancarias equivalente a 11,460 días de UMA durante los últimos 12 meses.
- Por ingresos (empleo o pensión): ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 680 días de UMA durante los últimos 6 meses.
Un apunte que vale oro: En la práctica migratoria, «libres de gravámenes» suele entenderse como el ingreso neto, es decir, lo que queda tras impuestos y descuentos. Y basta con cumplir una de las dos vías; suele convenir la de ingresos a quien tiene sueldo o pensión estable, y la de saldo a quien tiene patrimonio pero no un flujo mensual alto.
Residencia permanente por jubilación o pensión
La residencia permanente por ser jubilado o pensionado corresponde al Trámite 7, con fundamento en los artículos 52 fracción IX y 55 de la Ley de Migración y 102, 109, 111 y 112 del Reglamento. Aquí los umbrales son notablemente más altos, porque otorga la residencia definitiva de entrada. También se acredita con una de dos opciones:
- Por saldo: saldo promedio mensual en inversiones o cuentas bancarias equivalente a 45,850 días de UMA durante los últimos 12 meses.
- Por pensión: una pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 1,140 días de UMA durante los últimos 6 meses.
Recuerda que esta no es la única puerta a la residencia permanente: también se llega a ella tras cuatro años como residente temporal o por vínculo familiar; la Ley de Migración prevé además un sistema de puntos, cuya aplicación en la práctica ha sido limitada. El Trámite 7 es la ruta directa para quien vive de una jubilación o pensión.
Tabla comparativa de montos
Así quedan las cifras, primero en días de UMA (el dato legal) y luego su equivalente aproximado en pesos con la UMA 2026:
| Trámite | Vía | Monto en UMA | Periodo | Aprox. en pesos (UMA 2026) |
|---|---|---|---|---|
| Residencia temporal (Trámite 5) | Saldo | 11,460 días | 12 meses | $1,344,373 MXN |
| Residencia temporal (Trámite 5) | Ingresos | 680 días/mes | 6 meses | $79,771 MXN/mes |
| Residencia permanente por jubilación (Trámite 7) | Saldo | 45,850 días | 12 meses | $5,378,664 MXN |
| Residencia permanente por jubilación (Trámite 7) | Pensión | 1,140 días/mes | 6 meses | $133,733 MXN/mes |
| Por cada dependiente (ambos) | Saldo o ingresos | 220 días | 12 o 6 meses | $25,808 MXN |
Una advertencia sobre las cifras que verás por ahí: la propia ficha del Consulado de México en Houston rotula el saldo de la residencia temporal como “11,400 días UMA”, mientras que el texto del DOF dice “once mil cuatrocientos sesenta”, es decir 11,460. Prevalece el DOF. Es justo el tipo de discrepancia por la que conviene contrastar con un abogado migratorio antes de armar tu expediente.
Cómo se documenta la solvencia
No basta con tener el dinero: hay que probarlo con documentos muy específicos, y aquí es donde se cae la mayoría de las solicitudes. La regla general es que se acredita mes por mes, sin resúmenes globales:
- Si vas por saldo: estados de cuenta certificados (con firma o sello) o documento electrónico con certificado digital de cada uno de los últimos 12 meses.
- Si vas por ingresos o pensión: carta de empleo o de la institución que paga la pensión, más recibos de nómina o estados de cuenta certificados de cada uno de los últimos 6 meses.
- No se aceptan reportes globales, semestrales o anuales: la autoridad quiere ver el comportamiento mensual, no una foto de un solo día.
Si viajas con familia: la solvencia adicional
Si vas a incluir dependientes económicos o familiares directos —cónyuge o concubino, padres o hijos—, debes acreditar solvencia adicional para su manutención equivalente a 220 días de UMA por cada uno (aprox. $25,808 MXN con la UMA 2026), ya sea como saldo mensual en los 12 meses o como ingresos mensuales en los 6 meses.
En la práctica consular esto se aplica de forma acumulativa: se suma un tramo de 220 días de UMA por cada dependiente. Por eso una familia debe rehacer sus números antes de la cita, porque el umbral efectivo sube con cada integrante.
Cómo se compara con la visa de visitante
Para dimensionar por qué la residencia pide tanto, ayuda compararla con la visa de visitante (estancias menores a 180 días). Ahí los umbrales son mucho menores: por amplia solvencia (Trámite 2) se pide un saldo de 680 días de UMA en 6 meses o ingresos de 220 días de UMA en 3 meses. La diferencia es lógica: no es lo mismo pedir permiso para pasar unos meses que para establecerte a vivir.
Dónde se tramita y en cuánto tiempo
La solvencia se acredita ante la oficina consular de la SRE en el extranjero (los Trámites 5 y 7 son visas que se piden fuera del país) o, según el caso, ante el Instituto Nacional de Migración en México. El plazo máximo para resolver es de 10 días hábiles, y la visa expedida tiene una vigencia máxima de 180 días para internarte al país; ya dentro, debes canjearla por tu tarjeta de residente ante el INM.
Ten presente que, además de acreditar los ingresos, la visa causa el pago de derechos que fija el artículo 22 de la Ley Federal de Derechos, y que el consulado cobra en moneda local. Si quieres revisar tu caso concreto antes de reunir 12 meses de estados de cuenta, en City Laws puedes reservar una asesoría legal y evitar una segunda cita por un documento mal armado.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dinero necesito para la residencia temporal en México en 2026?
Debes acreditar una de dos vías: un saldo promedio mensual equivalente a 11,460 días de UMA en los últimos 12 meses (aprox. $1,344,373 MXN con la UMA 2026) o ingresos mensuales libres de gravámenes de 680 días de UMA en los últimos 6 meses (aprox. $79,771 MXN). El dato legal es el número de días de UMA; la cifra en pesos cambia cada año.
¿Por qué las cifras que veo en pesos no coinciden entre sitios?
Porque la ley fija los montos en días de UMA, no en pesos, y cada consulado los convierte con el valor de UMA que tiene cargado (2025 o 2026) o con su propio tipo de cambio a dólares o euros. La referencia correcta es el número de días de UMA del DOF; el peso es solo su traducción del año en curso.
¿Los Lineamientos de 2014 todavía aplican?
No. Los Lineamientos publicados en el DOF el 25 de julio de 2025 abrogaron los de 2014 y entraron en vigor alrededor del 9 de agosto de 2025. Los montos antiguos, que se expresaban en días de salario mínimo, ya no rigen. Si una fuente te cita cifras en salarios mínimos, está desactualizada.
¿Cuánto suma por cada familiar que quiero incluir?
Por cada dependiente económico o familiar directo se debe acreditar solvencia adicional de 220 días de UMA (aprox. $25,808 MXN con la UMA 2026), como saldo en los 12 meses o como ingresos en los 6 meses. En la práctica consular se suma un tramo por cada integrante, así que una familia debe recalcular su umbral total.
¿La residencia permanente siempre exige demostrar tanto dinero?
No. Los umbrales de 45,850 días de UMA de saldo o 1,140 de pensión aplican a la vía de jubilado o pensionado (Trámite 7). La residencia permanente también se obtiene tras cuatro años como residente temporal o por vínculo familiar; la Ley de Migración prevé además un sistema de puntos, cuya aplicación en la práctica ha sido limitada, sin ese requisito económico.
Aviso legal
Este contenido es informativo y divulgativo sobre el marco general de los requisitos económicos de solvencia para la residencia en México; no constituye asesoría jurídica para un caso concreto, no crea una relación abogado-cliente y no garantiza resultado alguno. Los Lineamientos, la Ley de Migración, el valor de la UMA y los criterios de cada consulado o del INM pueden cambiar y aplicarse de forma distinta según las circunstancias. Antes de reunir documentación o presentar tu solicitud, consulta a un abogado sobre tu situación particular.
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